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Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia

¿Cuáles son sus funciones?

Funciones del Consejo Nacional:

a) Definir y evaluar el cumplimiento de la Política Nacional de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia, asegurar la correspondencia de las políticas sectoriales y seccionales con la política nacional de protección integral y exigir de los organismos responsables su cumplimiento.

b) Aprobar el Plan Nacional Decenal de Protección Integral (pdf - 981 kb);

c) Formular las directrices generales, a nivel nacional, para la organización del Sistema Nacional Descentralizado de Protección Integral y coordinar su aplicación con los Concejos Cantonales.

d) Promover la creación y fortalecimiento orgánico funcional de los Concejos Cantonales de la Niñez y Adolescencia y de las Juntas Cantonales de Protección de Derechos.

e) Vigilar el cumplimiento de los objetivos del sistema en todos sus componentes, a través de sus distintos organismos.

f) Conocer, evaluar, difundir y promover, consultas sobre los planes sectoriales, gubernamentales que tengan relación con los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

g) Definir la política nacional de adopciones y vigilar su cumplimiento.

h) Establecer los Comités de Asignación Familiar, determinar la jurisdicción de cada uno y designar a los miembros que le corresponde de conformidad con lo dispuesto en el Código de la Niñez y Adolescencia.

i) Designar las Autoridades Centrales para la aplicación de instrumentos jurídicos internacionales y determinar el organismo técnico responsable de realizar el seguimiento y control del cumplimiento de los compromisos, asumidos por el Estado ecuatoriano en dichos instrumentos y de elaborar los informes correspondientes.

j) Proponer a los representantes del Estado ecuatoriano ante organismos internacionales del área de niñez y adolescencia, considerando candidatos que por su experiencia garanticen una representación adecuada.

k) Promover la suscripción de convenios, tratados y otros instrumentos internacionales que tengan relación con los niños, niñas y adolescentes en el ámbito nacional, apoyar las iniciativas que en este ámbito se promuevan desde los Concejos Cantonales.

l) Denunciar ante los órganos competentes las acciones u omisiones de servicios públicos y privados que amenacen o violen los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

m) Difundir los derechos, garantías, deberes y responsabilidades de la niñez y adolescencia.

n) Crear y desarrollar mecanismos de coordinación y colaboración con los organismos internacionales, públicos o privados, que se relacionen con los derechos de la niñez y adolescencia.

o) Conocer, analizar y evaluar informes sobre la situación de los derechos de la niñez y la adolescencia a niveles nacional e internacional.

p) Vigilar que todos los actos ejecutivos, judiciales, legislativos y administrativos respeten y garanticen los derechos de niños, niñas y adolescentes.

q) Vigilar que las asignaciones presupuestarias estatales y de otras fuentes permitan la ejecución de las políticas fijadas por el Consejo Nacional, y formular recomendaciones al respecto; administrar el Fondo Nacional para la Protección de la Niñez y Adolescencia y transferir oportunamente los recursos que corresponden a los Fondos Cantonales de Protección.

r) Aprobar de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Responsabilidad, Estabilización y Transparencia Fiscal su presupuesto anual y gestionar los recursos económicos y humanos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

s) Establecer un sistema de control de calidad y valores en los mensajes y programas de los medios en función del mejor interés del niño, niñas o adolescente.

t) Dictar sus reglamentos internos.

u) Las demás que se señalan en el Código de la Niñez y Adolescencia  y más leyes.

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